Las normativas se refieren a uso externo fuera del ámbito sanitario



30 jul. 2014 13:19H
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Redacción. Valencia
El Consejo de Enfermería de la Comunidad Valenciana (Cecova) y los colegios de Enfermería de Alicante, Castellón y Valencia han solicitado al Gobierno valenciano que actualice el Decreto 220/2007, de 2 de noviembre, por el que se regula la utilización de desfibriladores semiautomáticos externos por personal no médico, ya que "se ha quedado obsoleto y desfasado".

José Antonio Ávila, presidente del Cecova.

Así se desprende de un informe jurídico sobre el uso de desfibriladores por parte del personal de Enfermería, en el que insta a la "correcta" aplicación del Real Decreto 365/2009, de 20 de marzo, por el que se establecen las condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario, "al ser el único aplicable por tratarse de una materia reservada a las competencias del Estado".

En este sentido, concluye, por tanto, que "a Enfermería no se le puede aplicar el citado Decreto autonómico 220/2007 por el hecho de que éste se refiera a 'personal no médico', sino que prevalece la norma estatal que se refiere a 'personal no sanitario'". Por ello, el informe de la Asesoría Jurídica del Cecova recomienda que "ante cualquier consulta de los colegiados, se les informe en este sentido, para que soliciten la correcta aplicación de la norma".

En este sentido, el Cecova se ha dirigido a la Consejería de Sanidad para que "adecue cuanto antes la normativa autonómica para recoger la realidad competencial de Enfermería y que, mientras tanto, cumpla la norma estatal en sus debidos términos hasta que proceda a modificar la autonómica respetando aquella".

Al respecto, el informe del Cecova concluye, que tanto el personal médico como de Enfermería están capacitados, como personal sanitario, para la utilización de los DEA y DESA motivado por sus respectivas titulaciones; y conforme a lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 365/2009, "no deben quedar incluidos en los programas dirigidos a 'personal no sanitario', sino que en todo caso deberán adquirir los conocimientos que se les requiera en cuanto a formación continuada para encontrarse al día en aquellos aspectos que resulten precisos".

Además, el informe también recuerda que las citadas normativas, tanto autonómica como estatal, se refieren a uso externo fuera del ámbito sanitario, de lo que "se colige que dentro del ámbito sanitario es el personal sanitario quienes usan dichos desfibriladores, y resulta un contrasentido que quienes se encuentran capacitados para ello en el ámbito sanitario, no lo estén en el uso externo fuero de dicho ámbito".
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