Fija un tope de 60 días para operarse y 45 para consultas



3 may. 2013 11:28H
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Redacción. Santiago
El Gobierno gallego ha dado luz verde a la Ley de Garantías de prestaciones sanitarias, que fija un tope de 60 días para operaciones y 45 días para consultas que, en ambos casos, estipularán sociedades científicas y profesionales de la salud en función de la “gravedad” de la patología. Además, la norma “amplía” los derechos de libre elección del paciente, fija plazos para la segunda opinión médica y “facilita” las instrucciones previas a un tratamiento o intervención quirúrgica.

Alberto Núñez Feijóo.

Alberto Núñez Feijóo ha destacado que con el impulso de esta ley se da respuesta a una promesa recogida en el programa electoral, pero también a su propio “compromiso personal” y ha remarcado que, gracias a la misma, Galicia contará “con unos tiempos máximos de espera” prefijados “en función de la gravedad de cada patología”. “Se acabó reducir la lista de espera en número, interesa la gravedad”, ha aseverado.

Así, ha explicado que los gestores sanitarios estarán “obligados por ley” a agilizar la atención según la “gravedad” del paciente y no en función de “sus intereses estadísticos”. Preguntado sobre si hasta el momento no se estaba utilizando esta fórmula, ha matizado que es una cuestión sobre la que “se debate desde hace mucho tiempo no solo en el Sergas, sino en todos los servicios de salud” y que solía regularse mediante “acuerdos de gestión”, pero que ahora “se hará por ley”.

En cuanto a las críticas recogidas en el informe del Consejo Económico y Social (CES) sobre la inexistencia de una memoria económica, Núñez Feijóo ha replicado que lo que hubo fue “un voto particular de los sindicatos”, que ha asegurado “respetar”, si bien se ha mostrado “sorprendido” por el hecho de que no presentasen “alegaciones” en el periodo de exposición pública.

Entre sus novedades, además del derecho a la libre elección del médico de familia, la norma que será remitida de inmediato a la Cámara incluye también el derecho a la elección de pediatra, de personal de enfermería y de centro hospitalario cuando el paciente decida cambiar.

Segunda opinión e instrucciones previas

Además, “se blinda” el derecho a segunda opinión mediante un procedimiento que reduce los plazos: 10 días para resolver una petición de un paciente que quiere una segunda opinión --normalmente se realizan estas solicitudes en patologías complejas, según ha indicado el presidente-- y, una vez agotado ese plazo, 15 días para tener la consulta de segunda opinión.

En lo que respecta al documento de instrucciones previas, en el que el paciente deja constancia de su voluntad para el momento en que, debido a su enfermedad, no pueda expresarla, podrá formalizarse ante el personal del Registro Gallego de Instrucciones Previas, ya que hasta el momento sólo podía manifestarse ante notario o ante tres testigos.

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