Tras un año de tramitación, la norma ha sido rechazada por la izquierda parlamentaria



28 nov. 2013 19:16H
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Redacción. Madrid
El artículo 8 del capítulo II de la Ley de Transparencia regula la información “económica, presupuestaria y estadística” que tanto la Administración General del Estado como las comunidades autónomas deben hacer pública a partir de su entrada en vigor. Además de contratos, convenios, subvenciones, presupuestos y cuentas anuales, habrán de conocerse las retribuciones de “altos cargos y máximos responsables”.

La vicepresidenta del Gobierno,
Soraya Sáenz de Santamaría.

No solo los sueldos podrán ser consultados por los ciudadanos, sino también las indemnizaciones percibidas en caso de “abandono del cargo”. Al mismo tiempo, se harán públicas las resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad del empleado público, así como la autorización de la actividad privada cuando cesen en sus cargos como miembros del Gobierno o como altos cargos de la Administración General del Estado. Otro de los aspectos que será ‘visible’ a partir de esta norma estatal será los bienes inmuebles de las Administraciones Públicas que “sean de su propiedad o sobre los que ostenten algún derecho real”.

El artículo 8 contempla además la obligación de hacer público lo relativo a otras cuestiones de índole administrativa como contratos (objeto, importe de licitación, adjudicación, número de licitadores, decisiones de desistimiento y renuncia de los contratos…); convenios suscritos (objeto, plazo de duración…); subvenciones y ayudas públicas; presupuestos y cuentas anuales.

Información jurídica

Los datos se publicarán de “forma periódica y actualizada” en las correspondientes “sedes electrónicas o páginas web y de una manera clara, estructurada y entendible para los interesados”, según reza el texto normativo. Planes y programas anuales y plurianuales “con objetivos concretos, los medios y el tiempo de ejecución” también deberán ser explicitados, y una vez culminados, su grado de cumplimiento y resultados han de evaluarse y publicarse “junto con los indicadores de medida y valoración”. En cuanto a las comunicaciones de relevancia jurídica, la Ley contempla anteproyectos normativos y proyectos de decretos legislativos acompañados de las memorias e informes “que conformen los expedientes de elaboración” de esos textos. Por el cumplimiento de todas las obligaciones velará el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, que dictará resoluciones y medidas disciplinarias.

Tras más de un año de tramitación parlamentaria, la Ley se ha aprobado este jueves con el apoyo del PP, CiU, PNV, Coalición Canaria, UPN y Foro, y el rechazo del PSOE, Izquierda Plural, UPyD y el resto del grupo mixto (ERC, Amaiur, BNG, Compromís y Geroa Bai).
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