Redacción. Madrid
El artículo 8 del capítulo II de la Ley de Transparencia regula la información “económica, presupuestaria y estadística” que tanto la Administración General del Estado como las comunidades autónomas deben hacer pública a partir de su entrada en vigor. Además de contratos, convenios, subvenciones, presupuestos y cuentas anuales, habrán de conocerse las retribuciones de “altos cargos y máximos responsables”.
La vicepresidenta del Gobierno,
Soraya Sáenz de Santamaría.
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No solo los sueldos podrán ser consultados por los ciudadanos, sino también las indemnizaciones percibidas en caso de “abandono del cargo”. Al mismo tiempo, se harán públicas las resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad del empleado público, así como la autorización de la actividad privada cuando cesen en sus cargos como miembros del Gobierno o como altos cargos de la Administración General del Estado. Otro de los aspectos que será ‘visible’ a partir de esta norma estatal será los bienes inmuebles de las Administraciones Públicas que “sean de su propiedad o sobre los que ostenten algún derecho real”.
El artículo 8 contempla además la obligación de hacer público lo relativo a otras cuestiones de índole administrativa como contratos (objeto, importe de licitación, adjudicación, número de licitadores, decisiones de desistimiento y renuncia de los contratos…); convenios suscritos (objeto, plazo de duración…); subvenciones y ayudas públicas; presupuestos y cuentas anuales.
Información jurídica
Los datos se publicarán de “forma periódica y actualizada” en las correspondientes “sedes electrónicas o páginas web y de una manera clara, estructurada y entendible para los interesados”, según reza el texto normativo. Planes y programas anuales y plurianuales “con objetivos concretos, los medios y el tiempo de ejecución” también deberán ser explicitados, y una vez culminados, su grado de cumplimiento y resultados han de evaluarse y publicarse “junto con los indicadores de medida y valoración”. En cuanto a las comunicaciones de relevancia jurídica, la Ley contempla anteproyectos normativos y proyectos de decretos legislativos acompañados de las memorias e informes “que conformen los expedientes de elaboración” de esos textos. Por el cumplimiento de todas las obligaciones velará el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, que dictará resoluciones y medidas disciplinarias.
Tras más de un año de tramitación parlamentaria, la Ley se ha aprobado este jueves con el apoyo del PP, CiU, PNV, Coalición Canaria, UPN y Foro, y el rechazo del PSOE, Izquierda Plural, UPyD y el resto del grupo mixto (ERC, Amaiur, BNG, Compromís y Geroa Bai).
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