Redacción. Bilbao
El Boletín Oficial del Estado ha publicado una comunicación de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en la que concede un plazo de nueve días para que se personen los interesados en sostener la conformidad a Derecho de la disposición del RD 702/2013, de 30 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 183/ 2004, de 30 de enero, por el que se regula la tarjeta sanitaria individual.
Dicha disposición, impugnada por el País Vasco, explica que el proceso de sustitución de las actuales tarjetas se llevará a cabo de forma progresiva, con motivo de su renovación por cualquier causa o de nuevas emisiones, debiendo estar finalizado antes de cinco años contados a partir de la entrada en vigor de este real decreto, siempre que las disponibilidades presupuestarias de las diferentes administraciones públicas competentes lo permitan.
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