Redacción. Santa Coloma de Gramanet
El Juzgado Social número 17 de Barcelona ha sentenciado de forma favorable la demanda presentada por Metges de Catalunya (MC) contra la aplicación, por vía del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores (ET), de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo a 34 facultativos de la Fundación Hospital del Espíritu Santo de Santa Coloma de Gramanet.
En noviembre de 2011, la Fundación Hospital del Espíritu Santo acordó con el comité de empresa la aplicación de un expediente de regulación de empleo (ERE) temporal que preveía la suspensión de empleo durante 25 días a 830 trabajadores del centro a lo largo de 2012, entre otras medidas de ajuste económico.
Además del ERE, el hospital decidió modificar unilateralmente la jornada y los horarios de trabajo a 34 facultativos. Las modificaciones, que sólo afectaban al personal médico, suponían una rebaja de entre un 20 y un 75 por ciento de la jornada ordinaria de trabajo de 15 médicos, el cambio de turno y ciclo de trabajo para otros 15 facultativos y la sustitución de cuatro guardias presenciales por guardias localizadas.
MC no firmó el ERE suscrito por el comité de empresa y la dirección del Espíritu Santo porque consideraba que se trataba de un "ensañamiento" hacia el colectivo médico, doblemente afectado tanto por las consecuencias del ERE como por las modificaciones de las condiciones de trabajo. En este sentido, el sindicato decidió recurrir a la vía judicial para denunciar los defectos de forma de las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo decretadas por la empresa.
Finalmente, el juzgado ha amparado la reclamación de MC y ha condenado a la empresa a restablecer las condiciones de trabajo que tenían los 34 facultativos antes de las modificaciones.