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La atención en euskera en la sanidad pública vasca queda en un escenario de incertidumbre tras la decisión del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) de anular el Decreto 19/2024, que establecía cómo debía organizarse el uso del euskera en los servicios públicos. La norma afectaba también a Osakidetza y regulaba cuestiones como los perfiles lingüísticos de los puestos de trabajo y la planificación del uso del euskera en los servicios sanitarios.

La norma no exigía que todos los sanitarios supieran euskera, sino que permitía determinar qué puestos debían contar con un determinado nivel para responder a las necesidades lingüísticas de cada servicio.

Además, el texto establecía que el euskera debía avanzar como lengua de servicio y de trabajo dentro de las entidades públicas, teniendo en cuenta, entre otros factores, la realidad sociolingüística de cada territorio.

¿Qué cambia para Osakidetza?

El objetivo era que Osakidetza pudiera garantizar de forma organizada la atención a los pacientes en euskera. Para ello, el decreto incorporaba la sanidad al sistema general de planificación lingüística del sector público vasco y establecía criterios para decidir qué puestos necesitaban conocimientos de euskera.

Hasta la aprobación de esta norma, Osakidetza tenía un tratamiento diferenciado precisamente por las características de su actividad. El decreto de 2024 buscó incorporar a Osakidetza al marco común de normalización lingüística, aunque mantuvo su normativa específica para cuestiones relacionadas con la organización y gestión de su personal.

La anulación afecta ahora a ese marco concreto. Sin embargo, no significa que el euskera deje de ser oficial en Euskadi ni que desaparezca el derecho de los ciudadanos a utilizarlo ante la Administración. La propia legislación vasca reconoce el derecho a ser atendido en la lengua oficial elegida.

El motivo de la sentencia

El tribunal no ha tumbado el decreto por considerar ilegal que se utilice el euskera en la sanidad. La razón está en cómo se justificó el coste de aplicar la norma. El TSJPV considera que la memoria económica que acompañó al decreto era insuficiente. A su juicio, no explicaba de manera adecuada las consecuencias económicas de las nuevas medidas ni demostraba que fueran compatibles con la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera.

El procedimiento partía de un recurso presentado por Vox contra el decreto. El partido cuestionaba también otros aspectos de la norma, pero el tribunal no considera acreditada una vulneración de la cooficialidad lingüística o del principio de igualdad. La anulación se produce por las deficiencias detectadas en la memoria económica.

La Sala da especial importancia al informe de la Oficina de Control Económico del Gobierno vasco. Este organismo ya había advertido de que no se habían calculado de forma suficiente los costes derivados de ampliar los instrumentos de planificación lingüística. Para el tribunal, esas carencias eran lo bastante importantes como para anular la norma completa.

Una decisión que va más allá de la sanidad

Aunque el impacto en Osakidetza es uno de los puntos más relevantes, la sentencia afecta a todo el sector público vasco. El decreto también regulaba el uso del euskera en ámbitos como la educación, la Ertzaintza o la Administración de Justicia. La norma pretendía unificar las reglas de normalización lingüística y extenderlas a sectores que hasta entonces habían quedado fuera del régimen general.

La sentencia, además, no es firme. Puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, por lo que la situación todavía puede cambiar. Por ahora, queda anulado el Decreto 19/2024, pero siguen vigentes las normas de rango legal que reconocen el euskera como lengua oficial y el derecho de los ciudadanos a utilizarlo en sus relaciones con la Administración. El Gobierno vasco tendrá que decidir si recurre el fallo o si prepara una nueva regulación para sustituir la que acaba de ser anulada.