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Redacción. Logroño

El Sindicato Médico de La Rioja ha informado de que se han emitido en la comunidad varias sentencias favorables a las reclamaciones individuales presentadas por el propio sindicato en relación al derecho al cobro del importe de las guardias en los periodos de baja laboral. Tradicionalmente, el Servicio Riojano de Salud (Seris) consideraba que las retribuciones fruto de las jornadas de atención continuada no formaba parte de los ‘haberes’ y que el trabajador tampoco tenía derecho a su cobro si se encontraba en situación de baja por maternidad o enfermedad.

Estas sentencias se apoyan en la no consideración de horas extraordinarias al horario de guardia, tal y como se recoge expresamente en la Ley 55/2003 del Estatuto Marco en su artículo 48.3, entendiendo que son fruto de una labor consustancial al puesto de trabajo y que en ningún caso se debe a una actividad voluntaria por parte del trabajador.

“Creemos que es de justicia y valoramos muy positivamente estas primeras sentencias en nuestra comunidad y animamos a todos los médicos que se encuentren en una situación similar que contacten con nosotros y reclamen este derecho ahora reconocido. También animamos a que se difunda esta noticia entre todos los compañeros de trabajo”, han pedido desde el sindicato riojano.