El Ministerio de Sanidad publica un protocolo con las normas básicas para proteger la intimidad del paciente

Los alumnos de Medicina sólo accederán a historias clínicas de su centro
Un grupo de estudiantes de Medicina durante una clase en la facultad.


26 jul. 2016 11:50H
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Acceso limitado. Los estudiantes de Medicina, y otros grados de Ciencias de la Salud, no podrán acceder al sistema de Historia Clínica Digital del Sistema Nacional de Salud en sus prácticas clínicas. Así lo indica la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud a través del ‘Protocolo mediante el que se determinan las pautas básicas destinadas a asegurar y proteger el derecho a la intimidad del paciente por los alumnos y residentes en Ciencias de la Salud’. De esta manera, los futuros profesionales sanitarios sólo podrán acceder a las historias clínicas relacionadas con su centro de salud, pero nunca a la red nacional.

Desde la Comisión se recuerda que “el acceso [al sistema de Historia Clínica Digital del Sistema Nacional de Salud] ha de realizarse con fines exclusivamente asistenciales, pudiendo acceder al sistema los profesionales sanitarios con funciones asistenciales que hayan sido previamente autorizados por su servicio de salud”. De esta manera, cierra las posibilidades de que los alumnos sanitarios accedan a la información, considerando que su participación es formativa y no asistencial. 

Aunque los estudiantes podrán acceder a las historias clínicas de su centro, lo harán con el cumplimiento del artículo 16.3 de la Ley 41/002, del 14 de noviembre, donde se indica que “el acceso a la historia clínica con estos fines obliga a preservar los datos de identificación personal del paciente, separados de los de carácter clínico asistencial, de manera que, como regla general, quede asegurado el anonimato, salvo que el propio paciente haya dado su consentimiento para no separarlos”. De esta manera, se promueve la formación, pero sin comprometer la intimidad del paciente.

El Ministerio de Sanidad precisa que “tanto residentes como alumnos [de Ciencias de la Salud] están sometidos al deber de confidencialidad/secreto, solo durante su estancia en el centro sanitario en el que se esté formando, sino también una vez concluida la misma, sin que dicho deber se extinga por la defunción del paciente”.

Protección máxima del paciente

En el protocolo de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud se han resumido las normativas que legislan la actividad de los alumnos y residentes, lo que ofrece un marco legal claro dentro del que deben permanecer quienes forman parte del sistema nacional de formación sanitaria. Además, resume el derecho del paciente a contar con un trato digno durante su presencia en el centro y a que la actuación de todos los estudiantes y residentes esté supervisada por los equipos pertinentes.

Asimismo, el documento aclara las pautas de actuación ante la presencia de alumnos en los procesos asistenciales, como son la notificación al paciente, el uso de una tarjeta de identificación o el consentimiento del paciente o sus familiares (según la ocasión). Así como también la presencia de residentes, donde se precisa desde los protocolos de supervisión hasta el número de futuros especialistas que pueden estar presentes durante la asistencia.

Acceda al protocolo completo
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