Desestiman la demanda de una madre que acusaba a los médicos de haber sospechado que maltrataba a su hijo

¿Se puede multar al médico que active por error el protocolo de maltrato?
Sede del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia.


3 nov. 2016 11:50H
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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha desestimado el recurso de una mujer que reclamó 245.000 euros al Servicio Murciano de Salud (SMS) al asegurar que se había sospechado de ella como causante de la herida que presentaba un hijo de corta edad y que se creía producida con un cigarrillo.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso del TSJ indica que los facultativos que atendieron al pequeño, que tenía 19 meses de edad, en el hospital Los Arcos de San Javier (Murcia) creyeron que la lesión que presentaba en el pecho podía haber sido causada por un cigarrillo, demostrándose después que ese diagnóstico era erróneo. Y añade que ese error fue rectificado de inmediato cuando se comprobó que la lesión correspondía a una afección de la piel que suele confundirse con las características de una quemadura.

Señala también la sala que los facultativos que pusieron los hechos en conocimiento de la Guardia Civil actuaron de esa forma porque así se lo ordena el protocolo correspondiente, pero sin que ello supusiera que sospecharan de la madre como causante de la lesión ni de ninguna otra persona en concreto. Igualmente comenta que el Juzgado de Instrucción de San Javier (Murcia) al que correspondió el asunto abrió diligencias para el esclarecimiento de los hechos, que también fueron archivadas con diligencia al comprobarse el diagnóstico definitivo, que demostraba que la herida era debida a la afección de la piel conocida por "impétigo".

La madre, en la demanda por responsabilidad patrimonial que presentó ante el TSJ, alegó que lo ocurrido le había producido un gran desasosiego y sufrimiento, al haberse podido sospechar de ella como causante, hasta el punto de que se había visto obligada a ponerse en manos de los psiquiatras.
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