Encontrar similitudes entre la selección de medicamentos nacional que está planteando el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la de Andalucía es innegable. Y, aunque aún no se han dejado ver todos los detalles que conciernen a esta nueva estrategia del ministerio, los puntos comunes saltan a la vista en la primera lectura.

Sendas estrategias, tanto la selección de medicamentos nacional del ministerio como la andaluza, buscan la mayor eficiencia para el sistema sanitario público, apostando por la obtención de la máxima eficiencia entre alternativas que aportan igual eficacia y seguridad a menor precio.

Tanto la selección de medicamentos nacional del ministerio como la andaluza crean competencia entre los medicamentos de diferentes laboratorios farmacéuticos. Ambas estrategias realizan una oferta pública a través de la concurrencia competitiva de los medicamentos que cumplen con las condiciones establecidas. Sendas políticas evitan las negociaciones locales y puntuales y favorecen la selección ordenada de medicamentos mediante concurso público y con una perspectiva amplia en el tiempo.

El ministerio sigue así la hoja de ruta iniciada por Andalucía en lo que a la búsqueda de medidas de eficiencia y sostenibilidad del sistema se refiere, presentando un borrador del Real Decreto de Precios y Financiación de Medicamentos y Productos Sanitarios que, en muchos aspectos, se asemeja a la convocatoria de selección pública de medicamentos de Andalucía. Un procedimiento completamente legal que no genera desabastecimientos que no hayamos podido resolver, genera un amplio margen de eficiencia para el sistema sanitario público y garantiza la equidad en el acceso a los fármacos en su ámbito de aplicación.

Si bien, también se observan diferencias, diferencias propias de los distintos ámbitos competenciales del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y de la Junta de Andalucía. Y es que, sólo en el caso de la selección de medicamentos nacional, se verán afectados los precios de los medicamentos seleccionados, al ser ésta potestad exclusiva del ministerio.

Solo en el caso de la selección de medicamentos nacional se vería beneficiado todo el territorio nacional. Solo en el caso de la selección de medicamentos nacional se verá afectado el precio máximo industrial. Solo en el caso de la selección de medicamentos nacional se incluye la necesidad farmacológica o diferenciada de precios a nivel ATC3; es decir, subgrupo terapéutico o farmacológico que será de aplicación solo a la selección del grupo de aplicación, porque en caso de aplicarse a este nivel estaría más relacionado con las alternativas terapéuticas equivalentes, también desarrollado en Andalucía previamente.

Por todo ello, es innegable que Andalucía celebre la propuesta del ministerio ya que, aunque más restrictiva que la andaluza, se suma a la senda iniciada desde el sur en lo que a medidas de sostenibilidad y eficiencia del sistema nacional de salud se refiere.

Si bien, hay aspectos a mejorar. Aspectos importantes que pueden generar confusiones, respecto al ámbito de actuación del real decreto que me llevan a reflexionar…

¿Por qué se utiliza la desfasada terminología de ‘prestación farmacéutica para pacientes no hospitalizados’ y ‘prestación farmacéutica para pacientes hospitalizados’? ¿Es que no hay fármacos que por sus características son de exclusiva dispensación hospitalaria y que son retirados en esos centros por pacientes no hospitalizados? ¿Es que se pretende abrir la puerta a la derivación de estos medicamentos –por lo general más costosos y sobre los que no existe ningún tipo de copago- a las oficinas de farmacia?

Por otra parte, el Real Decreto de Precios y Financiación de Medicamentos y Productos Sanitarios elimina de forma explícita la posibilidad de realizar otros posicionamientos diferentes al IPT (Informe de Posicionamiento Terapéutico), lo que supondría un aspecto de equidad excepcionalmente adecuado siempre y cuando el IPT sea realmente comparativo con el resto de alternativas y nos permita posicionar de forma rigurosa y específica, ordenando las diferentes alternativas según criterios de eficacia comparada, seguridad, conveniencia y lógicamente incorporando el análisis farmacoeconómico, que tanto hemos reclamado desde nuestra Sociedad Científica.

Reitero que el fondo y la idea es excelente, ya que crea un entorno de revisión periódica de precios de los medicamentos según evolución, impacto económico e inclusión de criterios de efectividad. Sin embargo, es necesario mejorarla, ya que, por ejemplo, la selección de medicamentos nacional establecería como base la selección de un precio y la libre dispensación por parte del farmacéutico, mientras que la selección pública de medicamentos de Andalucía, al elegir una presentación específica, mejora la adherencia de los pacientes a sus tratamientos, ya que recibirán la misma presentación.

Trabajar en beneficio de los pacientes es el objetivo que deben seguir las Administraciones y Andalucía lo ha tenido presente en su selección pública de medicamentos al tener como principio favorecer la sostenibilidad y la eficiencia, facilitar el acceso de los pacientes a sus tratamientos y obtener beneficios económicos que reviertan en el propio sistema.

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