Presenta algunas novedades como la inclusión de nuevas faltas relacionadas con las nuevas tecnologías o una profundización en lo referente a los principios básicos de la profesión y su ejercicio



2 nov. 2015 18:56H
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David García. Madrid
El Consejo General de Enfermería sigue adelante con la realización del proyecto de Estatutos Generales de la Profesión Enfermera del Estado Español, a cuyo contenido ha tenido acceso Redacción Médica.
 
Comparado con los estatutos ahora vigentes (que datan de 2001 y sustituyeron a los anteriores de 1978 que después se modificaron en 1993), se trata de un proyecto mucho más extenso y detallado en algunos aspectos como en su título I, referido a los principios básicos de la profesión de Enfermería y su ejercicio.
 

Máximo González Jurado, actual presidente del CGE.

Tanto en este título como en el resto, el nuevo proyecto incorpora la nueva legislación aprobada en la materia desde 2001, sobre todo a nivel comunitario, y se adapta a la nueva realidad tecnológica desconocida hace 14 años, como la irrupción por ejemplo de las redes sociales.
 
En este sentido se introduce por ejemplo un apartado en el artículo 54, sobre faltas muy graves. “La promoción y/o realización de campañas de descrédito hacia los cargos corporativos, de los órganos unipersonales o colegiados de la Organización Colegial, así como el personal que desarrolla sus funciones en la misma, por cualquier medio, verbal o escrito; incluido las cometidas a través de Internet y redes sociales”, dice el texto.

Las campañas de descrédito no son la única falta tipificada. Estos estatutos van más allá, ya que regulan el uso irresponsable de Internet y de las redes sociales que atentan contra los derechos fundamentales de los pacientes y otros profesionales y cargos directivos del consejo general.
 
A este respecto, la regulación de las faltas (muy graves, graves y leves), así como sus sanciones correspondientes, suponen también una novedad en el texto.

En este sentido, el CGE ha sido tutelado y asesorado por el estudio jurídico Écija Abogados, que son considerados uno de los mayores expertos de Europa en lo relativo al derecho en Internet, tal y como resalta la entidad presidida por González Jurado.
 
En cuanto a la legislación aprobada en estos años no se hace mención alguna al Real Decreto de prescripción enfermera, pendiente de publicarse en el BOE, y simplemente señala que “los enfermeros/as, en el ejercicio de sus competencias en materia de medicamentos y productos sanitarios, se someterán a las obligaciones de farmacovigilancia que impone la legislación vigente”.
 
Respecto a la organización colegial, el texto también introduce novedades. Por un lado hay un cambio en las condiciones que ha de reunir el presidente para ser elegido. Con la futura aprobación del texto solo tendría que demostrar llevar colegiado un mínimo de 15 años, mientras que con los actuales estatutos ha de demostrar el ejercicio de la profesión de 15 años. La diferencia está con que para el primero de los supuestos basta la documentación aportada por el colegio autonómico correspondiente. Con la actual normativa, la demostración tenía que ser con documentación de la Seguridad Social.
 
Todavía faltaría por decidir el tiempo máximo de mandatos de los miembros del Pleno: sin limitación alguna de mandatos o un límite de dos consecutivos.
 
Además, hace una mención también a los colegios deudores con el Consejo General de Enfermería y establecen que éstos quedarían suspendidos de participar en los órganos de gobierno del CGE.
 
Proceso de aprobación de casi tres años
 
El proceso de aprobación de este proyecto tiene una duración estimada de casi tres años ya que tendrá que superar diferentes ‘exámenes’ y su tramitación última es la de un real decreto, por lo que se dilatará en el tiempo.
 
En la actualidad, el proyecto se encuentra dentro del plazo de exposición y alegaciones para los colegiados y los colegios provinciales, que pueden enviar sus aportaciones al texto. En un segundo plazo, el Consejo General de Enfermería, que es quien promueve los nuevos Estatutos, deberá contestar una a una todas esas alegaciones y decidir cuáles incluye y cuáles no.
 
Una vez decidido este punto, el texto se presenta a la Asamblea General del CGE, que deberá darle aprobación.
 
Tras ello, se envía el texto a los Ministerios de Hacienda, Justicia y Sanidad, que hacen sus propias alegaciones.
 
Con esas nuevas aportaciones, el Ministerio de Sanidad redacta un proyecto de real decreto que incluye los nuevos estatutos, y como una norma más de esa naturaleza se envía al Consejo de Estado para que dé un dictamen que en este caso es vinculante.
 
Por último, y tras dar cumplimiento a los requerimientos del Consejo de Estado, Sanidad envía el texto a Consejo de Ministros, que lo aprueba, se publica en el BOE y entra en vigor. Por primera vez, se estable la obligación de crear comisiones Deontológicas independientes dentro de todos los colegios y del propio Consejo General. Estas serán quienes inicien los expedientes informativos y analicen cada caso, realizando un dictamen que en todo caso será vinculante y donde se establecerá la posible sanción. Hasta ahora era la junta de gobierno de cada institución la encargada de abrir dichos expedientes.

ENLACES RELACIONADOS:

El Colegio de Enfermería presentará alegaciones a los Estatutos del CGE (03/11/2015)

Acceda al texto completo del proyecto

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