La interesada estaba en situación de incapacidad temporal en el momento del nombramiento



1 sept. 2014 20:34H
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Redacción. Madrid
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra la sentencia de 13 de septiembre de 2013 en la cual se reconoce a un médico de familia la condición de personal estatutario fijo aunque en el momento de tomar posesión no se incorporara a la plaza por estar en situación de incapacidad temporal.

Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Redacción Médica, el proceso selectivo se convocó en junio de 2007 en la categoría de Médico de Familia en Equipos de Atención Primaria en el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha y establecía que los aspirantes que resultaran aprobados dispondrían de un mes para incorporarse a la plaza adjudicada. Sin embargo, la aspirante, que superó el proceso selectivo, presentó un escrito en el que hizo constar que se encontraba en situación de incapacidad temporal y solicitaba, por tanto, la prórroga en la incorporación hasta que obtuviera el alta médica.

La Junta desestimó dicha solicitud al entender que la toma de posesión no se había producido ni podía producirse en tanto que permaneciera la situación de incapacidad temporal por lo que no podía atender su solicitud de incorporación.

Sin embargo, el Supremo rechaza este razonamiento y argumenta que no se podía entender decaído el derecho de la aspirante a obtener la condición de personal estatutario por no haberse incorporado en plazo si se daban causas justificadas. Añade que si lo que ocurre es una causa justificada no imputable al interesado este no puede verse perjudicado de ningún modo.
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