Deberán incluir sus cuentas de los primeros cinco meses de este año y del mismo periodo del año pasado



9 jun. 2015 17:12H
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David García. Madrid
El Congreso de los Diputados ha publicado el texto definitivo, tal y como aparecerá en el BOE y con las modificaciones realizadas tras su paso por los diferentes trámites parlamentarios, del Proyecto de Ley que entre otras cosas liga el gasto farmacéutico al PIB. Del texto ya se conocía parte de su articulado pero es ahora cuando se conoce de manera definitiva y en su totalidad.

Cristóbal Montoro, ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.

El texto ahora debe ser publicado en el BOE y entrará en vigor un día después de dicha publicación.

¿Cuándo deberán rendir cuentas las CCAA?

Una de las esencias de la Ley es que obliga a las autonomías a rendir cuentas al Estado sobre su gasto farmacéutico hospitalario, su gasto en productos farmacéuticos y sanitarios por recetas médicas y su gasto en productos sanitarios sin receta médica. Además, también las obliga a remitir a Hacienda los datos relativos al gasto en inversiones reales en el ámbito sanitario, especialmente en relación a equipos de alta tecnología sanitaria de uso hospitalario, así como otros datos significativos en relación al gasto sanitario.

El texto también revela la periodicidad de estas cuentas. Las CCAA deberán remitir antes del día 15 de cada mes la información referida al mes anterior junto con, además, la información relativa al mismo mes del ejercicio anterior.

Según la Ley, la primera remisión de información mensual relativa al ejercicio 2015 se producirá el 30 de junio de 2015, comprensiva de los cinco primeros meses del ejercicio 2015, junto con los mismos meses de 2014, por lo que la Ley deberá aparecer en el BOE en lo que queda de mes.

Aspectos pendientes de desarrollo

Entre lo más destacable que arroja el articulado está la falta de desarrollo de algunos aspectos que se incluyen en el texto. Por un lado, se indica que el BOE, por acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, “aprobará un conjunto de medidas que contribuyan a mejorar la sostenibilidad y eficiencia del gasto farmacéutico y sanitario para que puedan ser adoptadas por aquellas Comunidades Autónomas que así lo consideren”, sin indicar cuándo ni cuáles.

El texto también menciona la futura creación de un instrumento “de apoyo a la sostenibilidad del gasto farmacéutico y sanitario de las Comunidades Autónomas” y precisa que para adherirse a él, las Comunidades Autónomas deberán decidirlo en Consejo de Gobierno.

Además, deja todavía en el aire, y en manos del Ministerio de Hacienda, el modo en el que las comunidades deben rendir cuentas sanitarias con el Estado y simplemente se limita a decir que será “a través de los modelos  normalizados y sistema que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas habilite al efecto”.

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Acceda al texto definitivo del Proyecto de Ley

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