El caso de la citada sentencia recogía además el agravante de la mala intención del profesional con el objetivo de engañar



18 oct. 2014 11:33H
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Ricardo Martínez Platel / Imagen: Cristina Cebrián.  Madrid
Por motivos de normativa procesal ahora no son demasiados los asuntos sanitarios que llegan al Tribunal Supremo. En materia Penal son pocos los temas porque no suele haber cuantías importantes para los médicos. Sin embargo, este último año ha habido dos sentencias que han tenido repercusión: sobre el secreto médico y sobre falsedad documental con relación a la historia clínica.

De izquierda a derecha: José Luis Gil, presidente de la Sección 5ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional; el moderador Alfonso Atela, José Antonio Seijas Quitana, magistrado de la Sala 1ª del Tribunal Suprmeo; y José Manuel Maza, magistrado de la Sala 2ª del Tribunal Supremo.


Sobre este asunto José Manuel Maza , magistrado de la Sala 2ª del Tribunal Supremo, ha analizado una reciente  sentencia del alto tribunal en la que se ha condenado a un facultativo por un delito de falsedad documental en la historia clínica, dentro del marco del Congreso Nacional de Derecho Sanitario.

El magistrado ha comentado que el delito de falsedad tiene variantes y matices, ya que si quien lo realiza es un funcionario público (en este punto, al estatutario se le equipara) puede tener mayor repercusión debido a la condición personal de quien lleva a cabo el hecho. Sin embargo, si sucediera en la  consulta de un médico privado las consecuencias serían menores. El caso de la citada sentencia recogía además el agravante de la mala intención del profesional con el objetivo de engañar.

Los magistrados ha señalado que  ocasiones hay que retocar la historia clínica, siempre que sea una aclaración que va en beneficio del paciente y no del propio facultativo y han incidido que este tipo de conducta puede tener un peor final que una condena por mala praxis.

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