La resolución que adopte podrá ser vinculante respecto a los empleados del sector público a los que se les suprimió la paga extra con carácter retroactivo



29 may. 2013 16:47H
SE LEE EN 2 minutos

Redacción. Madrid
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad que planteó la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional sobre la supresión de la paga extraordinaria de diciembre al personal laboral del sector público.

Sede del Tribunal Constitucional.

La Audiencia entendía que podría ser ilegal haber tomado esta medida con carácter retroactivo, por lo que pidió al TC que se pronunciara sobre esta cuestión. Ahora, el Alto Tribunal, en una providencia fechada el pasado 22 de mayo, ha aceptado la petición de la Audiencia Nacional.

Aunque ésta hacía referencia exclusivamente al personal laboral en su requerimiento al Constitucional, fuentes jurídicas han precisado que la resolución que adopte el TC podrá ser vinculante respecto a las situaciones de otros empleados del sector público a los que también se les suprimió la paga extra con carácter retroactivo.

Para los magistrados de la Audiencia Nacional, este caso no cumple con las "exigencias cualificadas" que el Tribunal Constitucional demanda para poder aplicar una medida que restrinja derechos fundamentales.

"A nuestro entender, la reducción del déficit público puede justificar muchas cosas, pero no reúne la nota de cualificación absolutamente excepcional que sería necesaria. Es justamente el interés general lo que se ataca cuando se niega a quienes ya han prestado sus servicios el derecho a percibir el salario correspondiente", explicaban en el auto, en el que aclaraban que no se referían a los funcionarios, sino sólo al personal laboral.

La extra se devenga día a día

La Audiencia recordaba en su escrito que existe doctrina del Tribunal Supremo en la que se establece que la paga extra se devenga día a día, aunque se pague al final de cada semestre. En este caso concreto, la norma que suprimía esta remuneración entró en vigor el 15 de julio de 2012, con lo que 14 días ya se habían devengado, puesto que el 30 de junio se había pagado la extra del primer semestre.

Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.