Según la sentencia, el Constitucional estima parcialmente el recurso del Parlamento de Extremadura contra la reforma local



8 mar. 2016 18:48H
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Redacción. Madrid
El Tribunal Constitucional ha anulado varios preceptos de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, ya que considera que invaden competencias de las comunidades autónomas. En este sentido, se ha librado a las autonomías de asumir las competencias de los ayuntamientos en sanidad y servicios sociales.

El organismo de Justicia ha estimado, parcialmente, el recurso interpuesto por el Parlamento de Extremadura contra la reforma de la Administración local. En este sentido, el Constitucional ha anulado las disposiciones transitorias primera, segunda y tercera, así como la disposición adicional decimoprimera de la citada ley. Los puntos en los que la normativa prohibía a las autonomías atribuir a los ayuntamientos los servicios de asistencia social y atención primaria, además de obligar el traspaso de los servicios a las comunidades autónomas.

Según la sentencia, el Constitucional estima parcialmente el recurso del Parlamento de Extremadura contra la reforma local. Sin embargo, no es el único, ya que además han recurrido 3.000 ayuntamientos, la oposición, los gobiernos autonómicos de Andalucía, Cataluña y Canarias, por el Consejo de Gobierno de Asturias, y por los parlamentos de Extremadura, Cataluña, Andalucía y Navarra.

La medida podrá suponer un ahorro autonómico imprevisto. Cuando se anunció la reforma local, se estimó que la decisión podría generar un sobrecoste aproximado de unos 500 millones de euros, por lo que su paralización representaría un nuevo equilibrio en las arcas autonómicas.

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