Concluye que en la mayoría de procesos solo concurre un candidato



30 sept. 2013 14:22H
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Redacción. Madrid
La Comisión Nacional de la Competencia ha presentado un informe en el que analiza los procesos de externalización de la gestión sanitaria llevados hasta el momento por las diferentes comunidades autónomas. Entre las conclusiones destaca el número reducido de empresas que por lo general participan en estos concursos y subraya que cuando el número de licitadores es bajo es muy posible que no se estén aprovechando los potenciales beneficios de la competencia.

Joaquín García Bernaldo, presidente de la CNC.

El objetivo del estudio no es valorar la necesidad o conveniencia de un sistema de gestión directa o indirecta sino analizar los procesos  llevados a cabo hasta la fecha estudiando si se han realizado convenientemente de acuerdo con los principios básicos de competencia.

Según se desprende de este informe, al que ha tenido acceso Redacción Médica, los procesos de externalización de la gestión sanitaria llevados a cabo por las comunidades autónomas han registrado, por lo general, una participación alarmantemente reducida de empresas. En la mayoría de los casos analizados solo se presentó un candidato. La CNC apunta entre las posibles causas que los requisitos en las licitaciones sean muy restrictivos, que los potenciales licitadores perciban un riesgo excesivo en los ingresos y gastos futuros o que existan problemas de competencia en el mercado.

En este sentido, la CNC insta a todas las administraciones públicas a extremar el cuidado en el diseño, implantación, adjudicación y seguimiento de los procesos de externalización en el ámbito sanitario. Por este motivo recomienda que, siempre que se pueda, se opte por el procedimiento abierto; se evite que la licitación de varios servicios en un único contrato reduzca el número de posibles adjudicatarios; se de publicidad suficiente a las licitaciones; se establezcan plazos suficientes para la preparación de ofertas; se ponderen adecuadamente las variables, evitando dar una excesiva discrecionalidad al órgano adjudicador; y asegurar que los pliegos proveen una descripción clara y precisa de los criterios de valoración.

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