La comunidad autónoma se compromete a impulsar un nuevo sistema que dé respuesta a los problemas de salud pública del territorio



1 ago. 2014 18:08H
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Redacción. Zaragoza
El Gobierno de Aragón busca mejorar el nivel de salud de sus ciudadanos y para ello ha hecho público una serie de políticas, programas y servicios en general, que desarrollarán los poderes públicos, entidades privadas y sociedad civil para proteger y promover la salud de las personas en este sentido, tanto en la esfera individual como en la colectiva.

Oliván.

A través del Boletín Oficial del Estado (BOE), la comunidad autónoma se compromete a impulsar un nuevo sistema que dé respuesta a los problemas de salud pública del territorio. Para ello, la nueva ley estructura en cinco capítulos el desarrollo de estas medidas en las que reconoce, entre otras cosas, la labor de los profesionales sanitarios y el establecimiento de un modelo de organización periférico que unifique territorialmente las distintas estructuras del Sistema de Salud de Aragón.

En el título uno de la disposición se marca las funciones esenciales de la salud en la autonomía, según las directivas europeas. Y además, se desarrollan los derechos y los deberes en este ámbito, con especial relevancia en los valores de información, participación, igualdad, intimidad, confidencialidad y dignidad.

El título dos desarrolla y clarifica las competencias de las distintas administraciones en esta materia, así como la definición de un nuevo modelo de organización territorial o estructura periférica de los servicios de salud autonómicos, como demarcación de referencia para la actuación de los correspondientes equipos multidisciplinares de salud pública, los cuales se responsabilizan de la prestación de los servicios de salud pública que ofrece la comunidad en este ámbito, actuando en coordinación con los servicios asistenciales ubicados en las correspondientes áreas y sectores.

La siguiente disposición regula los medios de actuación en materia de salud pública, mediante las prestaciones de salud pública dentro de la cartera de servicios de la Comunidad Autónoma. Y en el título cuarto, se reconoce  el papel de los servicios de inspección, por lo que se explica que se podrán utilizar para otros fines de salud pública. Además, se crea el Registro de establecimientos alimentarios, como mecanismo de control de salud pública.

El último punto regula las infracciones y sanciones en este campo, debido al ineficaz régimen sancionador que lo llevaba a cabo antes. Por ello, se ha efectuado la imprescindible tipificación de conductas infractoras y de las correspondientes sanciones, cuya aplicación procederá en los supuestos en los que no haya disposiciones sancionadoras de carácter sectorial o específico que resulten de aplicación.

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